No pierden la inscripción. Especialista en derecho electoral, José Manuel Villaobos, explica en qué casos la cancelación de la inscripción aplica según la Ley de Organizaciones Políticas
Luego de los reportes de afiliaciones de manera irregular en partidos políticos, la pregunta que surge es si estas agrupaciones políticas recibirán o no sanciones.
Los afectados presumen que las organizaciones políticas hicieron uso de sus datos personales, firmas y huellas digitales para lograr contar con las 25 mil fichas de afiliación que les exige la ley para lograr su inscripción, y así poder participar de las Elecciones Generales 2026.
“En mi caso se realizó dos intentos y ya en el segundo se me aceptó, según ese sistema. Me apena pensar que el JNE se preste a esto, ya que ellos deben de verificar que uno haya dado su autorización. Yo recién me entero”, señaló Mauricio Carrasco Aguilar, quien denunció que ha sido afiliado sin su consentimiento al partido político Primero La Gente.
Ante ello, los ciudadanos piden sanciones, como podría ser el retiro de la inscripción, de comprobarse los hechos irregulares. Al respecto, el abogado experto en derecho electoral, José Manuel Villalobos, explicó que la Ley de Organizaciones Políticas no contempla este tipo de sanción para los partidos.
“No va a pasar nada con ningún partido. No se va a determinar la responsabilidad penal a nivel de organización. Si se hallan responsabilidades, serán de tipo individual que recaerá sobre el personero legal o algún dirigente, pero la responsabilidad no es del partido en conjunto. Si en el proceso penal se determina que ha habido una falsificación masiva de firmas y benefició la inscripción del partido, debería quitarse la inscripción. Pero como esto no lo dice la ley, aquí no va a pasar nada”, señaló.
Así será, señores. Aunque Usted no lo crea.